domingo, 15 de enero de 2012

Los derechos de los pasajeros


Están bien divulgados en panfletos, libretos y hasta carteles por los aeropuertos. Hay multitud de webs de defensa y ayuda para la reclamación de los derechos de los pasajeros. Las compañías los conocen y en su mayoría  los aplican y satisfacen sin ningún tipo de racaneo. En un gran número de casos excediendo lo que corresponde tanto en servicios como en aplicación de flexibilidad para cambios de billetes.

 Es muy digno de alabar a los responsables de esas campañas de divulgación, sin embargo en el gran termómetro de la cultura de volar,  las oficinas de atención al cliente de las compañías en  los aeropuertos, se sigue detectando un gran desconocimiento, una gran laguna en cuanto a la información necesaria  para no hacer reclamaciones en vano.  Más aún,  para evitar muchas de las incidencias que en muchos casos provocan ellos mismos.  Es muy duro para un cliente agotado por un retraso, fastidiado por una cancelación, etc, perder aún tiempo y dinero en hacer reclamaciones o meterse en pleitos que no van a ningún lado.
Nos referimos a que  muchas de estas publicaciones y panfletos exaltan las compensaciones económicas y derechos a servicios y atenciones dejando en letra pequeña las exclusiones y las exenciones que tienen las compañías a la hora de compensar. Incluso instando a reclamar siempre y por cualquier cosa.

Desmontemos  los mayores tópicos con objeto de evitar reclamaciones sin posibilidades, salvo la de desahogarse por algún contratiempo.



En los escasos supuestos de RETRASOS o CANCELACIONES en que se contemplan compensaciones económicas para los pasajeros, las compañías aéreas quedan como es lógico, exentas de obligación de compensación alguna cuando la incidencia no es imputable a la misma.
Se ignora en general que un porcentaje altísimo de las incidencias son por causas ajenas a la compañía aérea.  Entre un 70 y un 95% según qué compañías y períodos.
(Restricciones de tráfico aéreo, causas meteorológicas, búsqueda de equipajes de pasajeros no presentados en puerta, registros o búsqueda de maletas por Guardia Civil, escándalo público por parte de algún pasajero, enfermedad grave a bordo, huelgas de otras empresas relaccionadas con el servicio, etc, etc, etc, así hasta cientos de motivos no imputables a la compañía aérea.) En realidad ellas tendrían que ser compensadas.

Se ignora también en general, que una compañía debe presentar informe a Aviacción Civil explicando y justificando los motivos de cada retraso y/o cancelación.
 *******************************************************************************
Enlaces de interés:


Consulta la ley sobre las compensaciones que te corresponden
Ley CE indemnizaciones a los pasajeros


Consulta tu caso, calcula tu indemnización y reclama sin coste alguno:
www.reclamaonline.es





....

7 comentarios:

  1. En todos los artículos informativos existentes sobre las compensaciones por cancelación o retrasos deberían especificar claramente que las compensaciones no son aprovadas hasta que los motivos para esta incidencia son comprobados y demostrada la culpabilidad de la línea aérea.

    En pocas palabras la compensación no es abonada inmediatamente y hay que reclamar para no perder el derecho a ella.

    ResponderEliminar
  2. Estan muy bien los carteles informativos de AENA recordando los derechos de los pasajeros. Ahora solo falta que se apliquen el cuento: todavia estamos esperando los pasajeros y compañias aereas la compensacion por la huelga de controladores de diciembre de 2010.

    ResponderEliminar
  3. En primer lugar enhorabuena por un artículo tan acertado, no es frecuente encontrar esta objetividad y rigor al tratar esta temática, especialmetne y con cierta lógica, cuando hablan los afectados.
    Si me permitís, creo que la gran diferencia está entre unas compañías y otras, lógicamente a menor calidad del servicio, menor atención en las reclamaciones porque se promocionan a través de un bajo coste, y no a través de un mejor servicio y calidad del producto. Creo que es importante que el consumidor tenga siempre presente esta realidad a la hora de escoger una compañía.
    Evidentemente, una compañía low cost, está sujeta al mismo régimen de responsabilidades, pero sabe que solo un pequeño porcentaje de las reclamaciones llegan a via judicial, por los evidentes inconvenientes que menciona acertadamente el blog. Existen varias iniciativas para facilitar estas reclamaciones sin coste alguno, entre otras tantas, www.reclamaonline.com que te permite calcular y llevar a cabo la reclamación judicial sin coste alguno (pago según resultado) aun así el porcentaje de pasajeros que no reclaman sigue siendo demasiado alto para que las compañías (sobre todo low cost como digo) sigan una política seria de atención a los afectados.

    ResponderEliminar
  4. Muchas gracias por tu reconocimiento, por tus comentarios y por el enlace que nos facilitas, enseguida lo ponemos a disposición de nuestros visitantes.
    El equipo de tengounvueloayudame

    ResponderEliminar
  5. ¿ Dónde están ahora los derechos de los pasajeros cuando los empleados de Iberia bloquean el T4 para reivindicar que no se despidan a 3800 ?

    ResponderEliminar
  6. Los derechos de los pasajeros como los de cualquier usuario, se ven a veces enfrentados con los derechos de los trabajadores a manifestarse y reivindicar lo que consideran que es justo.
    Hoy colapsan los agricultores del olivo, mañana los de la fresa, al otro los de sanidad, los funcionarios, los controladores, la limpieza, etc.
    En el caso que comentas, se está dando una imagen a través de los medios más politizados y comprados de que la huelga es para pedir menos despidos y menos ajuste salarial, cuando la cuestión más importante que se reivindica es la supervivencia de la aerolinea, y que no se entregue la actividad que desarrollaba la compañía hasta fusionarse con British Airways a esta compañía.
    ¿Porqué?, porque haciendo esto, se le cede toda la productividad y riqueza que tendría que generar la T4 para que España pudiera con esos beneficios pagar la deuda de su construcción y mucha más en vez del plan de pensiones de los trabajadores de British, que es el agujero que tiene la compañía Inglesa, y que la puede hundir si se consigue desenchufar las inyecciones de dinero y actividad que le está aportando Iberia y le aportaría la T4 si no se fara la fusión.

    puedes ver alguna información en
    http://www.abc.es/economia/20121209/abcp-futuro-iberia-pasa-romper-20121209.html#.URwuPjBVR30.facebook

    ResponderEliminar
  7. Verdadera y complicada partida de ajedrez. A 28 de febrero de 2013 el rey británico y sus dos alfiles britanizados se han apalancado en el centro del tablero y nadie les puede dar jaque. Del otro lado del tablero, acorralados, el equipo español se confronta consigo mismo.
    Ana Pastor necesita que se hagan huelgas y paralice el tráfico aéreo para justificar su intervención y adelantar casilla.

    Cristina Cifuentes tiene que velar por el orden, la seguridad, y recibirá como es lógico en esta partida las amenazas más agresivas para que mantenga especialmente la T4 controlada y limpia para la imagen del país; el crono corre, se aproxima Semana Santa, y aquí los peones de la marca España, el empleo, etc, tienen que sacrificarse.

    Tudela paraliza la mesa negociadora de la intermediación hasta que Iberia IAG no cumpla con la ley y presente documentación que permita analizar y proseguir negociando.

    El responsable de firmar la cuentas de Iberia dimite un día antes de tener que rendir resultados.

    El equipo inglés llega hasta la última posición del lado contrario con un peón y lo cambia por una reina: Alcudia (britanizado también) desde la Unión europea amenaza con multas tremendas al gobierno español si interviene.

    Encrucijada, paralización, incertidumbre, zozobra.


    ResponderEliminar

Este Weblog pretende la divulgación de la cultura básica necesaria para viajar en avión y tener el menor número de sorpresas y problemas. Simultáneamente se intentará aportar sugerencias para mejorar el medio. Los comentarios están filtrados y cualquier observación o consulta no relacionada con los anteriores objetivos no serán publicados. Tampoco se publicará ninguna intervención en tono o lenguaje grosero, beligerante o excesivas faltas gramaticales y de ortografía.